jueves, 24 de agosto de 2017

ILP sobre el Islam por Hogar Social

Desde Hogar Social anunciamos la puesta en marcha de un procedimiento de Iniciativa Legislativa Popular con objeto de modificar la Ley 26/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España, introduciendo un nuevo apartado 6º en su artículo 2 que rece así:

Nuevo artículo 2.6 de la Ley 26/1992, de 10 de noviembre:
“Cuando tras la comisión de un atentado terrorista o la apertura de un proceso judicial penal por actividades presuntamente ilícitas de carácter yijadista, de las diligencias de investigación resultare indiciariamente acreditado que la actividad ilegal fue ideada, promovida o preparada desde una Mezquita o lugar de culto de las Comunidades Islámicas pertenecientes a la “Comisión Islámica de España”, previa resolución judicial motivada y a petición del Ministerio Fiscal o cualquiera de las acusaciones personadas, será clausurado el edificio o local destinado a Mezquita o lugar de culto, tras ser previamente privado de su carácter sagrado, perdiendo sus archivos el carácter inviolable que le concede el apartado 3 del presente artículo, quedando relevados los Imanes o dirigentes religiosos de la Mezquita o lugar de culto de sus obligaciones de no declarar sobre hechos que le hayan sido revelados en el ejercicio de sus funciones de culto o asistencia religiosa islámica”.

SOMOS LO QUE HACEMOS



Extraído del FB de Hogar Social:
https://www.facebook.com/HogarSocial1/photos/a.691191187632277.1073741829.680318305386232/1477029595715095/?type=3&theater

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